Artículo 81

Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora

Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada, en los respectivos portales y sitios de internet, de conformidad con lo dispuesto en el presente Capítulo y de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información de los temas, documentos y políticas que establece el artículo 70 de la Ley General, así como también la siguiente información adicional:

VIII.- El nombre del titular de la Unidad de Transparencia

VIII.- El nombre del titular de la Unidad de Transparencia, domicilio oficial, correo electrónico oficial y el número telefónico de la misma;

Fecha de Actualización: 22/10/2024

Unidad de Transparencia (UT) Tercero Trimestre 2024